Guía 2026Cómo tokenizar un activo en España, contrastada con tres despachos. Descárgala

Marco legal en España

Una pregunta decide qué norma aplica.

¿Tu token es un valor, como una acción o un bono? Entonces no es un criptoactivo y no se rige por MiCA. Se rige por la Ley 6/2023 y MiFID II.

¿Es un valor?
Sí · acción, bono, pagaré…
  • Ley 6/2023 de los Mercados de Valores
  • MiFID II
  • La ERIR inscribe los valores
No
  • Reglamento MiCA
  • Fichas referenciadas, de dinero electrónico y otros criptoactivos

Las normas, una a una.

Ley 6/2023 (LMVSI)

Los mercados de valores en España. Su artículo 8 reconoce los valores representados en registros distribuidos.

Para tu emisiónEs la base legal de tu valor tokenizado y de la ERIR que lo inscribe.
Leer la norma ↗
MiFID II

Los instrumentos financieros y los servicios de inversión en la UE.

Para tu emisiónTu valor tokenizado es un instrumento financiero, y la tecnología no cambia su naturaleza.
Leer la norma ↗
Reglamento MiCA

Los criptoactivos que no son instrumentos financieros.

Para tu emisiónNo se aplica a tu valor, porque su artículo 2.4 excluye los instrumentos financieros.
Leer la norma ↗
Reglamento de folletos

Cuándo hace falta folleto en una oferta de valores.

Para tu emisiónPor debajo de cierto importe en doce meses, en general no. Tu despacho confirma la cifra vigente.
Leer la norma ↗
Régimen piloto DLT

Las infraestructuras de negociación y liquidación sobre registros distribuidos.

Para tu emisiónEs un régimen de prueba para mercados y no para emitir, así que tu emisión no lo necesita.
Leer la norma ↗

Cómo hemos llegado aquí.

  1. Ene 2018MiFID II se aplica en toda la UE
  2. Mar 2023Se aplica el régimen piloto DLT
  3. Abr 2023Entra en vigor la Ley 6/2023
  4. Jun 2024MiCA se aplica a las fichas referenciadas y de dinero electrónico
  5. Dic 2024MiCA se aplica a los proveedores de servicios de criptoactivos
  6. Feb 2025Se publica la primera emisión tokenizada en el registro de la CNMV
  7. Oct 202621 emisiones tokenizadas en el registro, por 77,9 M€

Emitir en España y en otros países.

El valor tokenizado es un instrumento financiero en toda la UE, pero cada país decide quién lleva el registro y cómo. Empieza por emitir en España con ERIR y por qué cambia con ERIR y sin ella.

Preguntas

Lo que suele preguntar quien empieza.

¿Un token es siempre un criptoactivo?

No. Si representa una acción, un bono u otro valor negociable, es un instrumento financiero. Se rige por la Ley 6/2023 y MiFID II, no por MiCA.

¿Qué es la ERIR?

La entidad autorizada que inscribe los valores representados en registros distribuidos. Hoy la única que lista la CNMV es Ursus-3 Capital.

¿Necesito folleto?

En general no, si captas menos de 12 millones en la UE en doce meses. Es el umbral del reglamento europeo de folletos desde el 5 de junio de 2026, salvo que España opte por 5. La Ley 6/2023 aún dice 8 porque no se ha adaptado, así que tu despacho confirma el que aplica. Sí necesitas el documento de emisión.

¿Esto es asesoramiento jurídico?

No. Es un resumen para orientarte, sin valor de asesoramiento jurídico ni de inversión. HokenFi da el software y no ofrece valores ni presta servicios financieros regulados. Tu caso lo califica tu despacho.

Empezar

¿Quieres el detalle completo? Descarga la Guía 2026.

El marco regulatorio, fiscal y operativo, revisado por tres despachos y contrastado con la norma vigente a 27 de agosto de 2026.