Guía 2026Cómo tokenizar un activo en España, contrastada con tres despachos. Descárgala

Glosario

Glosario de tokenización y security tokens.

Las palabras que vas a oír al emitir, explicadas sin jerga. Busca una o salta por letra.

Este glosario reúne los términos de la tokenización de activos en España, del security token a la ERIR, la ESI o MiCA, explicados en una o dos frases y con la norma que aplica en cada caso.

Términos en claro.

CASP
Proveedor de servicios de criptoactivos autorizado bajo MiCA. Una emisión de valores tokenizados no lo necesita, porque esos valores quedan fuera de MiCA. HokenFi no es un CASP. Más sobre CASP →
CNMV
Comisión Nacional del Mercado de Valores. En su registro público se inscribe la ERIR de cada emisión tokenizada, y esa inscripción no implica que la CNMV haya validado la emisión.
Comisario y sindicato de obligacionistas
El sindicato agrupa a los titulares de una emisión de deuda para defender sus intereses comunes, y el comisario es quien los representa ante la sociedad emisora. La ley los exige en algunas ofertas públicas de deuda, y tu despacho los prevé en la emisión.
DLT
Tecnología de registros distribuidos, por sus siglas en inglés. La ley española permite representar valores en sistemas basados en ella, igual que en anotaciones en cuenta o en títulos. Más sobre DLT →
Documento de emisión
El documento que prepara la sociedad emisora con la información necesaria para identificar los valores y a la entidad que lleva su registro. Es obligatorio para representar valores en DLT, y en él se designa a la ERIR.
EAF
Empresa de asesoramiento financiero. Es una clase de ESI que solo puede asesorar y no puede tener fondos ni valores de sus clientes.
ERIR
Entidad responsable de la administración de la inscripción y registro de los valores en DLT. Lleva el registro de la emisión e identifica a sus titulares, y tiene que ser una entidad autorizada. Más sobre ERIR →
ESI
Empresa de servicios de inversión, autorizada para prestar esos servicios. Son ESI las sociedades y agencias de valores, las gestoras de carteras y las EAF, y en una emisión tokenizada la ESI valida la oferta cuando la ley lo exige.
Folleto
El documento informativo que hay que publicar, con la aprobación de la CNMV, antes de ofrecer valores al público o admitirlos a cotización en un mercado regulado. Por debajo de cierto importe, o si la oferta va solo a inversores cualificados, en general no hace falta. Más sobre Folleto →
Inversor cualificado
El inversor al que la ley presume la experiencia y los conocimientos para tomar sus propias decisiones de inversión y valorar sus riesgos, o el que pide ese trato y cumple los requisitos. Una oferta dirigida solo a inversores cualificados no necesita folleto.
KYB
La verificación de una empresa antes de que opere, por sus siglas en inglés (know your business). En HokenFi va integrada para las empresas que participan en la plataforma.
KYC
La verificación de la identidad de un inversor antes de que invierta, por sus siglas en inglés (know your customer). Forma parte de la prevención del blanqueo de capitales que regula la Ley 10/2010. Más sobre KYC →
Ley 6/2023 (LMVSI)
La Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión. Es el marco español de los valores, permite representarlos en DLT y deja claro que un valor tokenizado sigue siendo un instrumento financiero. Más sobre Ley 6/2023 (LMVSI) →
MiCA
El reglamento europeo de mercados de criptoactivos (Reglamento (UE) 2023/1114). No se aplica a los instrumentos financieros tokenizados, como acciones, bonos o pagarés, que siguen las normas de los valores. Más sobre MiCA →
MiFID II
La directiva europea de mercados de instrumentos financieros (Directiva 2014/65/UE). Define qué es un instrumento financiero y cómo se prestan los servicios de inversión, y en España la incorpora la Ley 6/2023. Más sobre MiFID II →
Préstamo participativo
Un préstamo cuyo interés tiene una parte variable ligada a la marcha de la sociedad que lo recibe, y que en el orden de cobro va detrás de los acreedores comunes. No es un valor, así que no lo inscribe una ERIR.
Security token
El nombre que se da en el mercado a un valor negociable tokenizado: una acción, un bono o un pagaré anotado en un registro basado en DLT. Sigue siendo un instrumento financiero, así que se rige por la Ley 6/2023 y MiFID II, no por MiCA. Más sobre Security token →
Smart contract
El programa que aplica en la cadena las reglas del token, como a quién puede transmitirse. No sustituye al documento de emisión. Más sobre Smart contract →
SPV
Sociedad vehículo creada para un proyecto o un activo. Si va a emitir acciones tokenizadas, tiene que ser una sociedad anónima. Más sobre SPV →
STO
Oferta de security tokens: la colocación de valores tokenizados entre inversores. Sigue las normas de cualquier oferta de valores, con o sin folleto según el importe y a quién va. Más sobre STO →
Test de conveniencia
La evaluación de si un inversor entiende un producto de inversión. La hace la entidad que presta un servicio de inversión distinto del asesoramiento o la gestión de carteras, como la colocación. HokenFi incluye el cuestionario para que lo aplique quien deba hacerlo.
Ticket mínimo
El importe mínimo que cada inversor puede suscribir en una emisión. Lo decides tú y queda escrito en el documento de emisión.
Token
La anotación digital que representa un valor, o un contrato, en un registro basado en DLT. Da los derechos del valor o del contrato que representa. Más sobre Token →
Tokenizar
Representar un instrumento financiero en un registro basado en DLT. El instrumento sigue siendo el mismo, con los mismos derechos; solo cambia dónde queda anotado. Más sobre Tokenizar →
Marca blanca
El portal de tus inversores con tu dominio, tu logo, tus colores y tus textos, incluido en los planes Scale e Institutional y como plugin en Starter y Growth.

Más definiciones en el blog

Preguntas

Lo que suele preguntar quien empieza.

¿Qué es un security token?

Un valor negociable, como una acción o un bono, representado en un registro basado en DLT. Tiene los mismos derechos que el valor sin tokenizar y se rige por la Ley 6/2023 y MiFID II.

¿HokenFi es una ERIR o una ESI?

No. HokenFi es un software de Unknown Gravity. Las funciones reguladas las ejercen entidades autorizadas, la ERIR y, cuando la ley la exige, la ESI. HokenFi no busca inversores ni recibe fondos.

¿Qué diferencia hay entre la ERIR y la ESI?

La ERIR inscribe la emisión y lleva el registro de sus titulares. La ESI valida la oferta cuando la ley lo exige, revisando la información que reciben tus inversores y supervisando la comercialización.

¿Se aplica MiCA a mi emisión?

No, si emites acciones, bonos, pagarés u otro instrumento financiero. Tokenizado sigue siendo un instrumento financiero y se rige por las normas de los valores.

¿Necesito folleto?

En general no, si captas menos de 12 millones en la UE en doce meses. Es el umbral del reglamento europeo de folletos desde el 5 de junio de 2026, salvo que España opte por 5. La Ley 6/2023 aún dice 8 porque no se ha adaptado, así que tu despacho confirma el que aplica. Sí necesitas el documento de emisión.

¿La CNMV aprueba mi emisión?

No. La CNMV inscribe a la ERIR como responsable del registro de tu emisión, y esa inscripción no implica que haya validado las condiciones ni la información.

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