Guía 2026Cómo tokenizar un activo en España, contrastada con tres despachos. Descárgala

Con qué te financias

Obligaciones convertibles y warrants tokenizados.

Te financias con deuda y dejas abierta la entrada a tu capital. La plataforma todavía no los emite de forma directa, así que estudiamos tu caso con tu despacho.

Qué es

Una obligación convertible es un bono que, en las condiciones que fija tu junta, puede cambiarse por acciones de tu sociedad. Mientras no se convierte, quien la tiene es acreedor y tiene derecho a cobrar sus intereses.

Un warrant da derecho a comprar o vender un valor en las condiciones de su emisión.

Tokenizados siguen siendo los mismos valores. Lo que cambia es dónde quedan anotados. Pasan a un registro basado en tecnología de registros distribuidos (DLT) que lleva una entidad registradora autorizada (ERIR).

Obligación convertibleQuien la tiene es acreedor y cobra sus intereses
En las condiciones que fija tu junta
Se convierteRecibe acciones de tu sociedad y pasa a ser accionista
No se convierteRecupera lo prestado al vencer
WarrantDa derecho a comprar o vender un valor en las condiciones de su emisión
La ERIR anota quién es titular en un registro DLT.

Cuándo encaja y cuándo no.

Encaja si

  • Tu sociedad es una S.A., o estás dispuesto a transformarla.
  • Quieres financiarte con deuda y dejar abierta la entrada al capital.
  • Tienes inversores propios a los que invitar.

No encaja si

  • No quieres que tus inversores puedan entrar en el capital. Te encajan mejor los bonos y obligaciones.
  • Tienes una S.L. Una S.L. no puede emitir obligaciones convertibles en participaciones. Mira el préstamo participativo, que puede capitalizarse si lo pactáis.
  • Esperas que alguien te busque los inversores. HokenFi no los busca.

Qué decides tú.

Tu junta aprueba las bases y tu despacho las deja escritas en el documento de emisión.

Ficha · Tu emisiónLo fijas tú
  1. 01El importe de la emisión y el valor nominal de cada obligación
  2. 02El plazo y el tipo de interés
  3. 03Las bases de la conversión, con la relación de cambio y sus plazos
  4. 04Quién elige convertir y cuándo
  5. 05En un warrant, el precio y el plazo para ejercerlo. Si da derecho a acciones nuevas, el aumento lo acuerda tu junta o lo delega en los administradores
  6. 06A quién te diriges, solo a inversores cualificados o al público en general
Cómo se hace

Paso a paso, en una sola cuenta.

  1. 01

    Cuentas qué quieres emitir

    El activo, el importe y el plazo. Con eso, la plataforma te prepara los hitos de tu emisión.

  2. 02

    Tu sociedad

    Si hace falta, un despacho mercantil crea la sociedad que emite o transforma la tuya en sociedad anónima. Pides ofertas y eliges sin salir de la cuenta.

    • Ser sociedad anónima (si ya lo eres, te lo saltas)Un despacho
    • Acreditar el respaldo financieroTú
  3. 03

    Tu documento de emisión

    Lo redacta un despacho especializado en valores o una empresa de servicios de inversión (ESI). También lo eliges por ofertas. Tu junta aprueba las bases de la conversión y, si el warrant da acciones nuevas, el aumento de capital.

    • Redactar el documento de emisiónUn despacho especializado en valores, una ESI o tú
  4. 04

    Tu emisión

    • Activar tu planTú
    • Crear los tokensHokenFi, con tu despacho
    • Cerrar el documento definitivoTú
  5. 05

    Salir al mercado

    • Validación de la oferta, cuando la ley lo exigeLa ESI
    • Inscripción de los valoresLa ERIR
    • Cuenta de cobro de la emisión, con IBAN propio (plugin IBAN automatizado, 150 € al mes, o incluida en Scale e Institutional)Tú
  6. 06

    Abres a tus inversores

    Se verifican, suscriben y pagan por transferencia a la cuenta de tu emisión. La ERIR los anota como titulares y tú ves la lista en tu panel.

admin.hokenfi.com
Preguntas

Lo que suele preguntar quien empieza.

¿Quién aprueba una emisión de convertibles?

La junta general. Fija las bases y las modalidades de la conversión y acuerda aumentar el capital en lo necesario. Antes, los administradores redactan un informe, acompañado de otro de un auditor que designa el Registro Mercantil.

¿Qué pasa con mis socios actuales?

Tienen derecho de preferencia para suscribir las obligaciones convertibles. La junta puede suprimirlo si el interés de la sociedad lo exige, con los requisitos que fija la ley.

¿Mi S.L. puede emitir convertibles?

No. La ley lo prohíbe en todo caso. Para emitirlos hay que transformarla en S.A.

¿Cuánto cuesta?

Pagas un acceso único de 249 € al crear la cuenta. El plan, desde 249 € al mes, no lo pagas hasta lanzar la emisión. Los honorarios del despacho, la ERIR y la ESI van aparte y los ves en cada oferta antes de firmar. Precios sin IVA.

Empezar

¿Quieres deuda que pueda pasar a capital? Cuéntanos tu emisión.

Cuéntanos tu caso y vemos contigo cómo emitirlo.