Los certificados bursátiles, conocidos como CEBURES, son títulos de crédito regulados por la Ley del Mercado de Valores de México. Cada uno representa la parte de su tenedor en un crédito colectivo a cargo de una empresa, o derechos sobre bienes afectos a un fideicomiso. Son la vía habitual para que una empresa mexicana coloque deuda en bolsa.
Qué dice la Ley del Mercado de Valores
La ley los regula en sus artículos 61 a 64 Bis 3. Pueden emitirlos las personas morales, mexicanas o extranjeras, con capacidad para suscribir títulos de crédito (art. 61). Cada certificado representa una de dos cosas: la participación individual en un crédito colectivo a cargo de una persona moral, o derechos sobre un patrimonio en fideicomiso (art. 62). Pueden ser preferentes o subordinados, y tener distinta prelación de cobro entre tenedores.
El título debe recoger, entre otros datos, el monto y las series, el valor nominal, el destino de los recursos, la tasa o el rendimiento, el plazo, las garantías y las causas de vencimiento anticipado (art. 64). Es un título al portador que se mantiene depositado en una institución para el depósito de valores, que en México es Indeval. Ese detalle pesa cuando se habla de tokenizar.
Quirografarios y fiduciarios
La ley no usa la palabra quirografario; la usan el mercado y los prospectos para referirse a los certificados sin garantía específica. La diferencia de fondo está en quién emite y de qué patrimonio cobra el inversionista.
| Aspecto | Quirografarios | Fiduciarios |
|---|---|---|
| Quién emite | La propia empresa | Un fideicomiso irrevocable, a través de su fiduciaria: banco, casa de bolsa u operadora de fondos de inversión (art. 63) |
| De qué cobra el inversionista | Del patrimonio general del emisor; en un concurso mercantil, como acreedor común | De los bienes o derechos afectos al fideicomiso y de sus flujos |
| Uso típico | Deuda corporativa de corto y largo plazo | Bursatilización de cartera, cuentas por cobrar o derechos de cobro |
| Variantes | Si llevan aval o garantía, dejan de ser quirografarios | De desarrollo, inmobiliarios e indizados (art. 63 Bis 1), base de figuras como los CKD y las FIBRA |
Los fiduciarios son el vehículo mexicano de titulización. Si comparas esa estructura con la de otros países, lo explicamos en titulización vs tokenización.
Quién los emite y dónde cotizan
Emiten CEBURES empresas privadas, bancos, entidades paraestatales, estados y municipios. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) inscribe los valores en el Registro Nacional de Valores y estos se listan en una de las dos bolsas del país: la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) o la Bolsa Institucional de Valores (BIVA), que opera desde julio de 2018. El depósito y la liquidación corren a cargo de Indeval.
Programa y colocación: cómo emite deuda una empresa
Una empresa que va a emitir varias veces no inscribe cada emisión por separado. Solicita a la CNBV la inscripción preventiva en la modalidad de programa de colocación, que permite colocar series sucesivas durante un plazo y hasta un monto máximo (art. 92). En los prospectos publicados es habitual una vigencia de cinco años, con emisiones de corto y de largo plazo bajo el mismo programa.
- Estructuración. La empresa trabaja con un intermediario colocador, normalmente una casa de bolsa, y con asesores legales.
- Calificación. En el régimen general, cada emisión de deuda necesita un dictamen sobre su calidad crediticia emitido por una institución calificadora de valores.
- Representante común. Firma el título en nombre de los tenedores y vigila que el emisor cumpla sus obligaciones (art. 64).
- Documentación. Prospecto del programa, suplemento de cada emisión y aviso de oferta pública.
- Colocación y listado. Se colocan los títulos entre inversionistas, se listan en BMV o BIVA y quedan depositados en Indeval.
- Vida de la emisión. Pago de intereses y amortizaciones, e información periódica a la CNBV, a la bolsa y al público.
La lógica es la misma que en cualquier emisión de bonos: estructurar, documentar, colocar y pagar. Lo que cambia de un país a otro es el supervisor y el instrumento.
La vía simplificada desde 2023
La reforma publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2023 creó la inscripción simplificada (arts. 70 Bis y 90 Bis). El intermediario colocador revisa la información de la emisora, la bolsa emite su opinión favorable y, con ella, la CNBV inscribe el valor sin revisar el expediente. Estos valores solo pueden ofrecerse a inversionistas institucionales o calificados.
Las disposiciones de la CNBV publicadas el 21 de enero de 2025 fijan dos niveles para la deuda. El nivel I admite hasta 75 millones de UDIS por emisión y 900 millones por ejercicio social; el nivel II, hasta 1250 millones de UDIS, e incluye valores respaldados por activos. Según la CNBV, la inscripción se realiza en dos días hábiles.
CEBURES y bono tokenizado
Hoy no existe un certificado bursátil tokenizado en sentido legal. La ley exige que los títulos se depositen en una institución para el depósito de valores y no prevé su registro en tecnología de registros distribuidos. La Ley Fintech tampoco crea esa figura, como explicamos en Ley Fintech de México y tokenización.
Lo que sí existe es la vía europea. Una empresa mexicana puede emitir un bono tokenizado a través de un vehículo español. El registro lo lleva una ERIR (art. 8 de la Ley 6/2023 y RD 814/2023). Desde el 5 de junio de 2026, las ofertas de hasta 12 millones de euros en 12 meses pueden quedar exentas de folleto; por encima, el folleto aprobado por la CNMV se pasaporta al resto de la UE (Reglamento (UE) 2017/1129). Al tratarse de un instrumento financiero, MiCA no aplica (art. 2.4).
| Aspecto | CEBUR | Bono tokenizado vía España |
|---|---|---|
| Inversionistas | Mercado mexicano | Mercado europeo |
| Registro | Indeval | ERIR sobre registro distribuido |
| Supervisor | CNBV | CNMV |
| Requisitos de entrada | Inscripción en el RNV, calificación, intermediario colocador y listado | Vehículo español, documento de emisión, ERIR y folleto o exención |
| Cuándo encaja | Financiamiento en pesos con inversionistas locales | Ingresos en euros o búsqueda de inversionistas europeos |
Criterio para el emisor
Si tu empresa necesita financiamiento en pesos y su tamaño absorbe los costos de calificación, colocación y reporte, el CEBUR sigue siendo la vía natural, y la inscripción simplificada la acerca a empresas medianas. Si cobras en euros o quieres diversificar hacia inversionistas europeos, el bono tokenizado desde España merece análisis. No son excluyentes: puedes mantener tu programa local y abrir una emisión en euros cuando el negocio lo justifique. El encaje completo para empresas mexicanas está en tokenización de activos en México y en tokenización para emisores de Latinoamérica.
¿Tu empresa en México quiere comparar un CEBUR con una emisión en euros? Haz el diagnóstico de emisión (2 min) o solicita una propuesta.
Este contenido es divulgativo y formativo. No constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión. Verifica la versión vigente de cada norma en el BOE y en EUR-Lex.
HokenFi es proveedor de software e infraestructura; no presta servicios regulados (CASP, ESI, EAF ni ERIR). Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento financiero ni jurídico.
Preguntas frecuentes
¿Qué son los certificados bursátiles?
Son títulos de crédito regulados por los artículos 61 a 64 Bis 3 de la Ley del Mercado de Valores de México. Representan la participación de cada tenedor en un crédito colectivo a cargo de una persona moral, o derechos sobre un patrimonio en fideicomiso. Se inscriben en el Registro Nacional de Valores de la CNBV, se listan en BMV o BIVA y se depositan en Indeval.
¿Qué diferencia hay entre CEBURES quirografarios y fiduciarios?
Los quirografarios los emite la propia empresa sin garantía específica: el inversionista cobra del patrimonio general del emisor y, en un concurso, es acreedor común. Los fiduciarios los emite un fideicomiso irrevocable a través de su fiduciaria, y se pagan con los bienes o derechos afectos al fideicomiso. Son la figura que México usa para bursatilizar activos.
¿Quién puede emitir certificados bursátiles?
Las personas morales, mexicanas o extranjeras, con capacidad para suscribir títulos de crédito (art. 61 de la Ley del Mercado de Valores). En la práctica emiten empresas privadas, bancos, entidades paraestatales, estados y municipios. Los fiduciarios solo pueden emitirse a través de un fideicomiso cuya fiduciaria sea un banco, una casa de bolsa o una operadora de fondos de inversión.
¿Se puede tokenizar un certificado bursátil?
Hoy no como figura legal mexicana: la ley exige depositar los títulos en una institución para el depósito de valores y no prevé su registro en tecnología de registros distribuidos. Una empresa mexicana que quiera emitir deuda tokenizada puede hacerlo desde un vehículo español, con registro en una ERIR según la Ley 6/2023, y dirigirse a inversionistas europeos.




