Sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en Madrid, autoridad supervisora del régimen MiCA en España

Tokenización de activos en Chile: guía del emisor

Tabla de contenidos

Una gestora de Santiago quiere abrir uno de sus vehículos a inversores europeos. Un promotor con un edificio en Las Condes busca financiación fuera del circuito bancario. Chile aprobó su Ley Fintec en 2023 y ordenó antes que casi toda la región los servicios sobre criptoactivos. Pero regular servicios no es regular emisiones: para tokenizar acciones o deuda con oferta pública, el marco chileno aún no ofrece un camino propio. Esta guía explica qué permite la Ley 21.521, dónde termina, y cuándo conviene emitir desde España para captar capital europeo.

Qué permite hoy el marco chileno (y qué no)

La Ley 21.521, conocida como Ley Fintec, se publicó el 4 de enero de 2023 y encargó su supervisión a la Comisión para el Mercado Financiero, la CMF (Ley 21.521).

Su pieza central es el Registro de Prestadores de Servicios Financieros. Quien preste de forma profesional servicios como plataformas de financiamiento colectivo, sistemas alternativos de transacción, custodia o intermediación de instrumentos financieros, enrutamiento de órdenes o asesoría de inversión debe inscribirse en él. Varios de esos servicios exigen además autorización previa de la CMF (Ley 21.521).

El detalle cripto importa. La ley define instrumento financiero de forma amplia e incluye los activos financieros virtuales o criptoactivos. Un criptoactivo entra en el perímetro de la CMF cuando sobre él se presta alguno de los servicios regulados (Ley 21.521). La norma que desarrolla el registro es la NCG 502, de enero de 2024, que abrió el registro y fijó plazos de inscripción para quienes ya operaban (CMF, portal fintec).

Lo que la ley no crea es una vía de emisión tokenizada. La oferta pública de valores sigue en la Ley 18.045 y en el Registro de Valores de la CMF, sin una figura que permita llevar ese registro sobre blockchain. Una gestora encuentra servicios regulados alrededor de los criptoactivos; un emisor que quiera tokenizar acciones o deuda para oferta pública no tiene todavía casilla propia.

La decisión que esto deja: si el plan es un security token dirigido a inversores europeos, el marco chileno ordena el entorno, pero la emisión hay que resolverla en otra jurisdicción.

La vía europea: emitir desde España

España reconoce los instrumentos financieros registrados en sistemas basados en tecnología de registros distribuidos. Su Ley 6/2023 exige que esa anotación la lleve una ERIR, la entidad responsable de la inscripción y registro, algo así como el notario digital de la emisión (Ley 6/2023, art. 8).

La figura está desarrollada en el Real Decreto 814/2023 y ya opera: la CNMV autorizó a URSUS-3 Capital, A.V. como primera ERIR en noviembre de 2024 (RD 814/2023). El detalle está en nuestra guía sobre qué es una ERIR.

El acceso al inversor europeo funciona en dos escalones. Hasta 12 millones de euros en 12 meses, la oferta puede quedar exenta de folleto; cada Estado miembro puede rebajar ese umbral a 5 millones. Por encima, un folleto aprobado por la CNMV se pasaporta a los 27 países de la UE sin nuevas aprobaciones (Reglamento (UE) 2017/1129, arts. 24-25, modificado por el Listing Act, aplicable desde el 5-jun-2026). El mecanismo completo está en la guía del pasaporte europeo del folleto.

Un matiz que en Chile resulta familiar: MiCA no aplica a los security tokens. Igual que la Ley 21.521 distingue entre criptoactivos y valores de la Ley 18.045, el derecho europeo somete el token con derechos de acción o de bono a MiFID II, no a MiCA (Reglamento (UE) 2023/1114, art. 2.4).

Tres perfiles chilenos donde encaja

  • Gestora de fondos. Un vehículo español emite participaciones tokenizadas que replican la estrategia de la gestora chilena y se ofrecen a inversores europeos. El planteamiento, en tokenización para fondos y gestoras.
  • Minería y energía. Proyectos intensivos en capital estructuran deuda tokenizada en euros para coinversores europeos, con el activo operando en Chile. Más en tokenización para proyectos de energía.
  • Real estate santiaguino. Un edificio en Las Condes o Providencia se financia con un vehículo español que canaliza la inversión europea a la sociedad chilena del proyecto.

El patrón se repite: el activo y su operación siguen en Chile. La emisión, su registro y el régimen de la oferta se trasladan a España.

Marco chileno frente a vía europea

CriterioMarco chilenoVía europea desde España
Figura para valores tokenizadosNo existe: la Ley 18.045 no prevé registro sobre blockchainReconocida: Ley 6/2023 (art. 8) con ERIR del RD 814/2023
SupervisorCMFCNMV
CriptoactivosInstrumento financiero a efectos de los servicios de la Ley 21.521Security tokens bajo MiFID II; MiCA solo para criptoactivos que no son valores
Registro aplicableRegistro de Prestadores de Servicios Financieros: cubre servicios, no emisionesLa ERIR registra la emisión y a sus titulares
Acceso al inversor europeoSin pasaporte: habría que cumplir país por paísFolleto CNMV pasaportable a los 27; exención bajo el umbral del Listing Act

La comparación deja un criterio simple: la Ley 21.521 resuelve quién presta servicios; la vía española resuelve cómo se emite y ante quién.

El proceso desde Chile, paso a paso

  1. Diagnóstico. Qué activo se tokeniza, qué importe se busca y qué inversor europeo encaja. De aquí sale la estructura: participaciones, bonos u otra fórmula.
  2. Vehículo español. Constitución de una sociedad en España. En general se gestiona en remoto, con poderes otorgados ante notario chileno y apostillados, y con la obtención del NIF de los socios. Los plazos dependen de notaría y registro.
  3. Estructura legal. Un despacho define la relación entre el vehículo español y la sociedad chilena del activo, y el paquete informativo que recibirá el inversor.
  4. Registro y emisión. La ERIR inscribe la emisión y la plataforma despliega el token y el libro registro.
  5. Captación. Bajo exención o con folleto CNMV pasaportado, siempre con identificación y prevención de blanqueo sobre cada inversor.

HokenFi es la plataforma tecnológica que coordina ese circuito con partners regulados. No es una entidad autorizada por la CNMV ni está registrada ante la CMF; el tramo regulado lo cubren la ERIR y los asesores de cada emisión. El mapa completo para la región está en el hub de tokenización para emisores de Latinoamérica.

La Ley Fintec ordenó los servicios; la emisión tokenizada puedes resolverla desde España. Haz el diagnóstico de emisión (2 min) o solicita una propuesta.

Este contenido es divulgativo y formativo. No constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión. Verifica la versión vigente de cada norma en LeyChile, el BOE y EUR-Lex.

Mockup de HokenFi en iPhone 16 Pro para gestión móvil de security tokens

Descarga la guía de cómo tokenizar un activo en 2026

Tus datos solo se usan para responder a tu solicitud; no compartimos tu información. Política de privacidad.