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title: "Emitir valores tokenizados en España"
url: "https://hokenfi.com/tokenizacion-espana/"
site: HokenFi
published: "2026-10-05T21:32:51+00:00"
modified: "2026-10-05T21:32:58+00:00"
language: es-ES
author: "Jesús Sánchez Fernández"
description: "Acciones y bonos en un registro distribuido, inscritos por la ERIR. Prepara tu emisión con despacho, ESI y ERIR desde una sola cuenta en HokenFi."
section: "Inicio > Emitir valores tokenizados en España"
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# Emitir valores tokenizados en España

Emitir en España

# Emite valores tokenizados en España *con ERIR.*

En España, cualquier valor negociable puede representarse en un registro distribuido. Lo administra una ERIR, y la transferencia en ese registro transmite el valor. Con HokenFi preparas la emisión y coordinas a tu despacho, a la ESI y a la ERIR desde una sola cuenta.

[Solicita una propuesta](/contacto/)[Ver cómo funciona](/como-funciona/)

## Qué permite la *ley española.*

La Ley 6/2023, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, permite representar los valores negociables con anotaciones en cuenta, con títulos o con sistemas basados en tecnología de registros distribuidos. La forma que elijas vale para toda la emisión, y la transmisión se produce con la transferencia registrada en el registro distribuido.

- Acciones de una sociedad anónima.
- Obligaciones y bonos, también de una S.L., hasta el doble de sus recursos propios salvo que la emisión vaya garantizada.
- Otros valores negociables.

Las participaciones de una S.L. no son valores y no pueden ir por esta vía. Un valor representado así sigue siendo un instrumento financiero. Le aplican la Ley 6/2023 y MiFID II, y MiCA lo excluye.

**Alemania**

**Francia**

**Italia**

**Portugal**

**España**ERIR

- **Alemania**
- **Francia**
- **Italia**
- **Portugal**
- **España**ERIR

Una sociedad de otro país puede emitir en España con ERIR si los términos de su emisión lo prevén, o con una sociedad anónima española.

## Quién lleva *el registro.*

La ERIR es la entidad responsable de la administración de la inscripción y registro de los valores. Tiene que estar autorizada para custodiar y administrar instrumentos financieros por cuenta de clientes, como una empresa de servicios de inversión o una entidad de crédito, y contar con un plan de contingencia. Cada emisión se inscribe en el registro de ERIR de la CNMV.

A octubre de 2026, la CNMV lista una sola ERIR, Ursus-3 Capital, y ya está [conectada a HokenFi](/erir-conectada/).

Entre febrero de 2025 y julio de 2026, la CNMV inscribió 21 emisiones con ERIR, 17 de obligaciones y 4 de acciones. Las tienes en el [registro de emisiones](/registro-de-emisiones/).

**Emisor**Tu sociedad

**ERIR**Autorizada para custodiar por cuenta de clientes

**Inversor**

**Inversor**

**Inversor**

**Emisor**Tu sociedad

**ERIR**Autorizada para custodiar por cuenta de clientes

**Inversores**

## Folleto, documento de la emisión *y ESI.*

El reglamento europeo de folletos exime desde el 5 de junio de 2026 las ofertas de menos de 12 M€ en la UE en doce meses que no se pasaportan a otros Estados. La Ley 6/2023 aún dice 8 M€ y un anteproyecto del Gobierno propone subirla a 12, así que tu despacho confirma el umbral que aplica.

Con registro distribuido, el documento de la emisión se hace siempre, haya o no folleto. Identifica a la ERIR y los valores, explica cómo funciona el sistema y se deposita ante la ERIR.

Si la oferta no lleva folleto porque son pagarés a menos de un año, se dirige a menos de 150 inversores no cualificados por Estado, exige al menos 100.000 € por inversor o baja de 8 M€ en doce meses, y se anuncia al público en general, tiene que intervenir una entidad autorizada para prestar servicios de inversión. Como mínimo, valida la información que reciben los inversores y supervisa la comercialización.

## Con ERIR y *sin ERIR.*

Fuera de la ERIR y del régimen piloto europeo, el token refleja un registro que lleva otro o sirve de soporte a un contrato. Las vías, una a una, en [Con ERIR o sin ERIR](/con-erir-o-sin-erir/).

## Cuándo encaja *y cuándo no.*

### Encaja si

- Tu sociedad es una sociedad anónima española, o una S.L. que va a emitir deuda.
- Quieres que el token sea el valor y que circule con plena validez.
- Tienes inversores propios a los que invitar.

### No encaja si

- Quieres tokenizar participaciones de una S.L. Puedes transformarla en sociedad anónima o usar un [préstamo participativo](/prestamo-participativo/).
- Necesitas el dinero en días. Preparar una emisión lleva semanas.
- Esperas que alguien te busque los inversores. HokenFi no los busca.

Cómo se hace

## Cómo se hace *con HokenFi.*

Cuentas qué quieres emitir y la plataforma te prepara los hitos.

1. 01

  ### Tu sociedad

  Si hace falta, un despacho mercantil crea la sociedad que emite o transforma la tuya en sociedad anónima. Lo eliges entre ofertas sin salir de la cuenta.
2. 02

  ### Tu documento de emisión

  Lo redacta un despacho especializado en valores o una empresa de servicios de inversión (ESI).
3. 03

  ### Tu emisión

  Activas tu plan y creas los tokens.
4. 04

  ### Tu oferta

  Cuando la ley lo exige, la ESI valida la información para los inversores y supervisa la comercialización. La ERIR inscribe los valores.
5. 05

  ### Tus inversores

  Se verifican, suscriben y pagan. La ERIR los anota como titulares y tú ves la lista en tu panel.

Preguntas

## Lo que suele preguntar *quien empieza.*

### ¿Puede emitir en España una sociedad extranjera?

La Ley 6/2023 se aplica a emisores extranjeros si los términos de la emisión lo prevén y ese acuerdo es válido según la ley del emisor y la que rige la emisión. Con una sociedad anónima española, filial o vehículo, se puede: capital mínimo de 60.000 €, desembolsado al menos en una cuarta parte. Tu despacho confirma la estructura de tu caso.

### ¿Puedo ser mi propia ERIR?

Solo si tu sociedad está autorizada para custodiar y administrar instrumentos financieros por cuenta de clientes. Un proyecto de ley en tramitación borra la mención al propio emisor y exige designar a una entidad.

### ¿La inscripción en la CNMV valida mi emisión?

No. La CNMV advierte de que la inscripción no implica que haya validado las condiciones de la emisión ni la información del emisor.

### ¿Necesito folleto?

En general no, si captas menos de 12 millones en la UE en doce meses y no pasaportas la oferta a otros Estados. La Ley 6/2023 aún dice 8, así que tu despacho confirma el umbral que aplica.

### ¿Esto es asesoramiento jurídico?

No. Es un resumen para orientarte, sin valor de asesoramiento jurídico ni de inversión. HokenFi da el software y no ofrece valores ni presta servicios financieros regulados. Tu caso lo califica tu despacho.

Empezar

## ¿Emites en España? *Cuéntanos tu caso.*

Te contamos cómo se prepara tu emisión en la plataforma y qué tendrás que resolver con tu despacho.

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